EMPRESA CERTIFICADA
En el año 2001 en España se prohibió la comercialización y uso del amianto, según las directivas Europeas CEE 83/477/CEE del 19/9/83, 87/217/CEE del 19/3/87, 91/382/CEE del 25/7/91.
Debido al gran riesgo que supone para la salud.
Hay dos opciones para la solución dependiendo del lugar o tipo de patología.
1ª- Demolición y retirada completa de la cubierta, teniendo que sustituirla por otra con materiales alternativos y adecuados.
2ª- Recubrimiento de la cubierta con materiales que permitan el encapsulamiento total y permanente tipo A (visible desde el exterior), tipo B (visible desde el interior), conforme al D.M 20 de agosto de 1999.
Las sanciones que indica la normativa por su incumplimiento son dependiendo de la gravedad de la infracción.
Leves 40,00 € a 2.045,00 €
Graves 2.046,00 € a 40.985,00 €
Muy graves 40.986,00 € a 819.780,00 €